Alemania: el derecho canónico pierde el norte

Agosto 24, 2022
Origen: fsspx.news

En la diócesis de Friburgo de Brisgovia (Baden-Württemberg, Alemania) el Camino Sinodal ha encontrado eco en el derecho canónico: a partir del 1 de enero de 2023, las actas canónicas bautismales deberán integrar las tendencias más progresistas de la sociedad. Un alineamiento del que no es seguro que la Iglesia salga triunfante al otro lado del Rin.

Si dos personas del mismo sexo "casadas" civilmente solicitan el bautismo de un niño, este último se considerará hijo o hija de quien sea su progenitor biológico. El otro "padre o madre" se anotará como "custodio". Así lo decidió la arquidiócesis de Friburgo.

Además, las personas llamadas "transgénero" ya bautizadas, que han decidido cambiar de sexo en el registro civil, tienen la posibilidad de inscribir su "género oficial" en el acta de bautismo, además de su género de nacimiento.

Finalmente, para que la medida sea completa, la arquidiócesis de Friburgo ha decidido tomar en cuenta también a las personas que se declaran "intersexuales", y que podrán ser inscritas en los registros bautismales, teniendo en cuenta su particularidad.

Este alineamiento con las leyes más progresistas del país es asumido plenamente por el vicario judicial diocesano: "Simplemente era necesario adoptar disposiciones legales que reaccionaran a esta evolución de la sociedad, sobre todo porque el derecho estatal ofrece directrices en ese sentido", explicó el Padre Thorsten Weil.

Para él, estas nuevas disposiciones permanecerían "en el marco de la doctrina de la Iglesia". Una afirmación más que temeraria.

Una visión muy fragmentada de los registros bautismales

Al ser contactado por el periódico La Croix, el Padre Ludovic Danto, decano de la facultad del Instituto Católico de París (ICP) manifestó su acuerdo: "Un registro no es una profesión de fe, solo informa un hecho. Transcribir la filiación en un registro no significa que la Iglesia aprueba la vida moral de la familia", explicó el canonista.

Conviene matizar estas afirmaciones, porque el acto bautismal es un testimonio de la fe del sujeto en el momento de su bautismo, y del compromiso de sus padres o tutores legales de crecer en la fe y en la moral de la Iglesia. Por lo tanto, ¿cómo discernir el compromiso de las parejas del mismo sexo que acudan a solicitar el bautismo de un niño adoptado o nacido por medio de la procreación medicamente asistida?

Además, el acto bautismal no se limita a probar solo la identidad civil de un sujeto, sino que muestra sus raíces, la identidad en un sentido más profundo: por ejemplo, la Iglesia no anota un bautismo de la misma manera, según se trate de una persona nacida fuera de matrimonio, adoptada, etc.

¿Es mejor la situación en Francia? No realmente: en 2018, la Conferencia Episcopal de Francia propuso a los obispos reemplazar, en los certificados de bautismo, la mención "hijo/hija de" por "apellidos y nombres de los padres u otros titulares de la patria potestad", aunque sin abordar el registro de los sujetos que se declaran "transgénero".

Los obispos franceses no incluyeron a todos esta nueva formulación, lo que demuestra que la cuestión no es unánime, incluso dentro del episcopado.

Ya se trate de Alemania o de Francia, en todo caso se abre la puerta a una ambigüedad, al menos perjudicial para la fe y la moral cristianas, porque la noción de filiación se diluye totalmente cuando se equipara a la de "titular de la patria potestad".

En el mismo sentido, las nuevas formulaciones alemana y francesa tratan del mismo modo al niño bautizado nacido por inseminación artificial con donante (IAD) y al niño nacido naturalmente, rompiendo con la práctica de la Iglesia.

En este sentido, ya en 1987, la Congregación para la Doctrina de la Fe, en su instrucción Donum Vitae, recordaba que la inseminación artificial con donante "vulnera el derecho del niño a ser concebido y traído al mundo en y por el matrimonio".

Por no hablar de la posibilidad, delirante cuando se piensa bien, que ofrece la diócesis de Friburgo de inscribir el "sexo civil", eventualmente "elegido" por los bautizados: un sinfín de promesas dadas a los promotores de la ideología de género. 

Esto sugiere, o al menos quiere que los solicitantes crean, que la integración del "matrimonio para todos" en el derecho canónico es solo cuestión de tiempo. Porque el hecho de integrar en un documento canónico una disposición que no tiene otro fundamento que la voluntad del sujeto, constituye la preparación a aceptar el "matrimonio" de estos sujetos desarraigados de su identidad biológica, fundamento del matrimonio católico.