
El arzobispado de Friburgo de Brisgovia emitió un decreto para "la inscripción del bautismo en el registro bautismal en casos especiales", que entrará en vigor el 1 de enero de 2023. En él establece normas para que "las diversidades familiares y de género (sic) estén representadas en los registros parroquiales".
El Padre Thorsten Weil, funcionario de la arquidiócesis, explicó al sitio katholisch.de las razones de este decreto. "La ley sigue a la vida (sic), era necesario establecer las disposiciones legales que reflejen esta evolución de la sociedad", dijo.
Las solicitudes de este tipo son todavía muy escasas. Solo hay uno o dos casos al año para una población de 1.7 millones de católicos, precisó el Padre Weil. –Pero la ley debe, no obstante, adaptarse a la evolución de las costumbres...
Hasta ahora, la práctica seguía las normas de 1995 de la Conferencia Episcopal de Alemania para el registro del bautismo de niños adoptados. El Padre Weil indicó que seguirá vigente la línea general que se aplica a todo niño registrado para el bautismo.
Está consagrada en el derecho canónico: "Debe haber una esperanza fundada de que el niño" – por parte de sus padres, al menos uno de ellos o su legítimo representante – "será educado en la religión católica". Si el sacerdote competente considera que no existe esta esperanza, debe posponerse el bautismo.
En este marco, los padres del mismo sexo que solicitan el bautismo de su hijo recibirán el mismo trato.
Por ejemplo, cuando el hijo de una "pareja homosexual civilmente casada" sea bautizado, si uno de sus padres es su padre biológico, será inscrito como tal en los registros parroquiales. El otro (o, en su caso, ambos) quedará registrado como "custodio", similar a los padres adoptivos en una pareja heterosexual. En los casos de maternidad subrogada (GPA), será necesario acudir a la Oficina Diocesana de Friburgo para una decisión individual.
Las personas transexuales bautizadas que hayan cambiado de sexo en el registro civil, estén o no operadas, podrán indicar su sexo oficial en el margen del certificado de bautismo, sin que se tache su sexo de nacimiento.
En cuanto a las personas intersexuales, es decir, cuyas características sexuales no correspondan a las definiciones de los cuerpos masculino y femenino, podrán ser inscritas en los registros de bautismo sin mención de sexo o con la indicación "diferente", posiblemente en espera de una aclaración reconocida por el Estado. – Así está la Iglesia en Alemania, y Roma se mantiene en silencio.