
El 13 de mayo de 2023, mientras se disponía a recibir en audiencia al presidente ucraniano, el soberano pontífice promulgó una nueva ley fundamental para el Estado de la Ciudad del Vaticano. ¿Fue acaso por una intervención del "Dios de las sorpresas", tan querido por el Papa Francisco?
El origen de la Gobernación
La nueva constitución es la tercera ley fundamental desde el Tratado de Letrán que puso fin a la "cuestión romana". Tras la anexión de los Estados Pontificios por Italia en 1871, surgió el problema de garantizar la independencia de la Santa Sede, necesaria para su integridad y su acción.
La solución vino a través de la creación de un territorio tan pequeño que es casi simbólico, pero dotado de todos los elementos constitutivos de un Estado: territorio, población, soberanía, sistema jurídico. Desde entonces, el Papa gobierna el Estado de la Ciudad del Vaticano a través de un gobernador y una comisión compuesta por cinco a siete cardenales que ejercen sus funciones por delegación.
Hoy, el gobierno de este Estado brinda seguridad, orden público, protección civil, atención sanitaria, higiene general, medio ambiente, actividades económicas, servicios postales, filatélicos y aduaneros, infraestructuras de conectividad y redes, actividades de construcción, sistemas técnicos y electricidad.
También es responsable de la conservación, desarrollo y uso de los Museos Vaticanos, así como de la "supervisión de los bienes de todo el patrimonio artístico, histórico, arqueológico y etnográfico".
La Ley de 1929 preveía que el poder legislativo fuera ejercido directamente por el Papa, con la posibilidad de "delegar el poder legislativo para ciertos asuntos u objetos individuales al gobernador". La segunda ley fundamental, del año 2000, establecía que la Pontificia Comisión ejercía directamente la potestad legislativa, salvo en los casos en que el pontífice se la reservase.
El Estado sigue siendo una monarquía absoluta, pero Juan Pablo II transmitió la gestión del poder y de la administración, concretando el hecho de que el Papa, pese a ser rey, no actúa como rey. Por principio, el Romano Pontífice concentra en su persona todos los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
La nueva ley fundamental
La nueva ley fundamental promulgada por Francisco el 13 de mayo pretende "responder a las necesidades de nuestro tiempo" y "hacer operativas" las situaciones derivadas de los compromisos internacionales asumidos por la Sede Apostólica según "las renovadas exigencias que este aspecto específico requiere".
Para decirlo más claramente, la nueva Constitución del Estado más pequeño del mundo debería tener como objetivo las actualizaciones necesarias en términos de transparencia financiera, pero también, y sobre todo, dar más responsabilidades a los laicos, en consonancia con la reforma de la Curia consagrada por el sucesor de Pedro en Praedicate Evangelium, el 19 de marzo de 2022.
Hasta ahora, la Comisión Pontificia que gestiona la Ciudad del Vaticano estaba compuesta por un cardenal presidente y otros porporati: a partir del próximo 7 de junio, fecha de entrada en vigor de la nueva ley fundamental, ya no será así.
Además de los cardenales, la Comisión incluirá "otros miembros" designados por el Papa para un mandato de cinco años: por lo tanto, los laicos también podrán participar. Sobre este punto, sugerimos releer el análisis publicado por FSSPX.Actualidad: "Reforma de la Curia romana: reunión apuerta cerrada y cardenales espectadores".
Otra modificación importante, en línea con las reformas económicas y financieras implementadas por Benedicto XVI y aceleradas por su sucesor, consiste en la elaboración del presupuesto: ya no se decidirá, como es el caso actualmente, mediante la simple presentación de la Gobernación, sino que será el resultado de un programa de tres años que debe tomar en cuenta los criterios financieros internacionales.
La Comisión compuesta por clérigos y laicos deliberará sobre el plan económico trienal, sometiendo "estos actos directamente a la aprobación del soberano pontífice". El presupuesto debe garantizar el "equilibrio" de ingresos y gastos, y guiarse por los "principios de claridad, transparencia y equidad".
Por último, pero no menos importante: aunque en el pasado la Secretaría de Estado estaba involucrada en la actividad legislativa y ejecutiva de la Ciudad del Vaticano, particularmente en lo que respecta a la aprobación del presupuesto, el influyente dicasterio ya no podrá en el futuro interferir en la gestión de la Gobernación, excepto en los casos en que el microEstado desempeñe el papel de sujeto de derecho internacional.
Por ejemplo, la nueva constitución acentúa la centralización por el hecho de que el "poder" está reservado para el Papa mientras que a las otras entidades solo se les asignan "funciones". Es por ello que la nueva ley no hace referencia a las "facultades" de la Secretaría de Estado, por el contrario, los distintos órganos tienen funciones legislativas, ejecutivas y judiciales.
Algo para hacer temblar a la Terza Loggia*...
* Locución que designa el tercer piso del Palacio Apostólico donde tiene sus oficinas la Secretaría de Estado.