España impone severos castigos al "delito" de obstrucción al aborto

Abril 09, 2022
Origen: fsspx.news

El Senado español aprobó la enmienda al Código Penal que establece penas de prisión para las personas pro-vida que se sitúan en las proximidades de las clínicas de aborto. Esta medida ya había sido aprobada en el Congreso de Diputados, y finalmente fue aprobada sin modificaciones en el Senado el pasado 6 de abril. Entrará en vigor oficialmente cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta reforma, impulsada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), reforma el artículo 172 quáter del Código Penal, que estipula penas de prisión a toda persona "que impida el ejercicio del derecho al aborto, acosando a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coercitivos que atenten contra su libertad".

Penas similares se impondrán a quienes interactúen con los "médicos o responsables de centros autorizados para realizar abortos con el fin de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo".

Las penas previstas son prisión -de 3 meses a un año- o servicio comunitario -de 31 a 80 días. El tribunal podrá prohibir a las personas condenadas "ir a ciertos lugares [en las proximidades de las clínicas de aborto] por un período de seis meses a tres años". Se especifica que "no se requiere la denuncia de la persona agraviada o de su representante legal".

Protestas

El Partido Popular (PP) -liberal conservador-, la Unión del Pueblo Navarro (UPN) -partido regional de derecha-, y el partido VOX (de Rocío De Meer Méndez, fruto de una escisión en el PP) se opusieron a la medida, presentando dos propuestas de veto que fueron rechazadas.

Los representantes de VOX han asegurado en reiteradas ocasiones que cuando se publique la medida en el BOE, la llevarán al Tribunal Constitucional por vulneración de los derechos fundamentales de expresión y reunión. Una decisión que el PP piensa apoyar.

Jacobo González-Robatto, senador de Vox, dijo que la propuesta es "un claro ejemplo de la manipulación absoluta del lenguaje" porque "abortar es matar, es acabar con la vida de un ser humano".

González-Robatto también aseguró que las acciones de quienes acuden a las proximidades de las clínicas de aborto, llamados "rescatadores", "consiste única y explícitamente en dar la última oportunidad tanto a la madre como al hijo".

Por su parte, Fernando de la Rosa, senador del PP, dijo que esta medida es "una aberración jurídica" y que el PSOE "no pesa derechos, sino que utiliza el Código Penal como instrumento para difundir su ideología y como mecanismo para condenar a las personas que no piensan como ellos".

El senador de la UPN, Alberto Catalán, dijo que la ley pretende "criminalizar la defensa de la vida", y que en la sociedad actual es más fácil "predecir la muerte que la vida".

Bárbara Royo, abogada penalista, dijo al diario El Debate que "es difícil imaginar cómo se puede condenar a quienes se manifiestan con una pancarta frente a un centro abortivo, porque su presencia no está dirigida contra una mujer en particular, sino contra una práctica que, debido a sus creencias o religión, es inadmisible".

"Sin mencionar que, el hecho de que una simple denuncia policial, sin denuncia previa de la potencial víctima, sirva como motivo de sanción, elimina el principio básico según el cual, para que haya un delito, debe existir una víctima, en este caso una mujer, que es el objetivo identificable de la coacción", declaró la abogada.

Cabe señalar que en la ley francesa existe una ley similar desde 1993, pero las sanciones son mucho más severas. Una persona condenada por el delito de obstrucción al aborto puede ser sancionada con 2 años de prisión y una multa de 30,000 euros.