El Papa Francisco abre oficialmente el santuario a las mujeres

Fuente: FSSPX Actualidad

Messe d’intronisation d’un évêque

El 11 de enero de 2021, el Papa Francisco publicó un motu proprio, una carta apostólica por su propia iniciativa y autoridad, titulado Spiritus Domini. Se trata de "la modificación del canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico, con respecto al acceso de las mujeres a los ministerios instituidos de lector y acólito".

Para comprender de qué se trata y qué está en juego, es necesario plantear la cuestión en su perspectiva histórica y litúrgica.

Órdenes menores y subdiaconado en la historia de la Iglesia

Según la tradición, el sacramento del Orden Sagrado tiene diversos grados. Se distingue en órdenes mayores: sacerdocio, diaconado y subdiaconado; y en órdenes menores: portero, lector, exorcista y acólito. Esta clara separación existe porque a partir del subdiaconado, el clérigo se compromete a la castidad perfecta (en la Iglesia latina), y normalmente ya no puede volver al estado laico -a menos que sea dispensado por la Santa Sede. El episcopado es en sí mismo superior al sacerdocio.

El episcopado, el sacerdocio y el diaconado son explícitamente nombrados en la Sagrada Escritura. Pero las órdenes menores y el subdiaconado aparecieron gradualmente en los primeros siglos. Por ejemplo, Tertuliano menciona a los lectores (c. 155-220). El Papa Cornelio cita a los porteros entre las órdenes inferiores en 251. También nombra a los acólitos, exorcistas y subdiáconos.

El origen de estas órdenes ha sido largamente discutido entre liturgistas y teólogos, pero todo indica que la Iglesia intervino en su institución. Sin embargo, cualquiera que sea la opinión que se tome (desarrollo de lo contenido en el sacerdocio o institución eclesiástica), su antigüedad y permanencia se comprueban a lo largo de la historia de la Iglesia.

El Concilio de Trento, que rechazó el protestantismo, dedicó su vigésimo tercera sesión al sacramento del Orden sagrado, ya que los protestantes lo habían negado y rechazado. Uno de sus cánones afirma lo siguiente sobre las Órdenes: "Si alguno dijere que no hay en la Iglesia católica, además del sacerdocio, otras órdenes mayores, y menores, por las cuales, como por ciertos grados, se asciende al sacerdocio; sea excomulgado" (canon 2, DzS 1772).

Por tanto, es una cuestión de fe que existen varios grados del sacramento del Orden, algunos mayores, otros menores. En particular, el Santo Concilio solo cita explícitamente el episcopado, el sacerdocio y el diaconado. Sin embargo, especifica que se debe recibir una orden inferior únicamente con miras al sacerdocio. Esto elimina la posibilidad de permanecer, voluntariamente, en una orden inferior recibida.

Finalmente, cabe señalar que, a lo largo de la historia, todas estas órdenes siempre han sido confiadas al clero, es decir, a los hombres.

La reforma de Pablo VI

El 15 de agosto de 1972, el Papa Pablo VI, a través del motu proprio Ministeria quaedam, reorganizó las órdenes menores y el subdiaconado. Además, dictaminó que, a partir de ese momento, se llamarían "ministerios" y que podrían ser conferidos a los laicos por institución, no definitiva. Solo se mantuvieron las órdenes de lector y acólito, que confieren la facultad de ejercer las funciones hasta entonces reservadas al subdiaconado.

Sin embargo, estos ministerios estaban reservados para los hombres "según la venerable tradición de la Iglesia" y eran conferidos por un rito litúrgico. Debe observarse cuidadosamente que no se "suprimieron" ni las órdenes menores ni el subdiaconado. Prueba de ello es la posibilidad dada a los institutos denominados Ecclesia Dei de utilizar los libros litúrgicos de 1962 y, en particular, el Pontifical, que contiene las colaciones para todas las órdenes, tanto mayores como menores.

El principio de esta reforma se manifiesta claramente en las referencias a las que remite el motu proprio Ministeria quædam:

- El No. 21 de Sacrosanctum concilium, que basa la reforma litúrgica en la participación "plena, activa y comunitaria" del pueblo cristiano;

- El No. 14 de la misma constitución, que profesa el mismo principio, pero en relación con el sacerdocio común de los fieles;

- El No. 10 de Lumen Gentium, finalmente, explica por qué el clericato está directamente vinculado a la recepción del diaconado: la reforma reflejará mejor la distinción que existe entre cleros y laicos, así como en sus diferentes atribuciones. Por tanto, quedará más clara la dependencia mutua que vincula el sacerdocio común y el sacerdocio ministerial.

El objetivo es claro: es preciso dar un sentido pleno al "sacerdocio de los fieles", principio de una participación activa en el culto litúrgico, que corresponde a un sacerdocio en el verdadero sentido de la palabra. Esta reforma, por tanto, tiene como objetivo conferir a todos los poseedores del sacerdocio común la mayor cantidad posible de lo que pertenecía exclusivamente al sacerdocio ministerial. En otras palabras, la distinción únicamente residirá en el nivel de los sujetos que ejercen estas órdenes.

El motu proprio Spiritus Domini del Papa Francisco

La reforma de Pablo VI, sin embargo, carecía de lógica al querer reservar los nuevos ministerios para los hombres solteros. Así lo explica el padre Jean-Michel Gleize en un artículo reciente:

"Si se tienen en cuenta los presupuestos de esta reforma de Pablo VI, tal como se derivan del Concilio Vaticano II, el hecho de que "ser instituido lector y acólito" esté "reservado a los hombres" está en contradicción con su espíritu.

"En efecto, el sacerdocio común es característico del bautizado como tal, sin distinción de sexo. Si se decide que la atribución de los ministerios a los no clérigos tiene su motivación en el principio de este sacerdocio común, entonces resulta incomprensible que los ministerios no puedan confiarse a las mujeres".

"Si se invoca, como hizo Pablo VI, 'la venerable tradición de la Iglesia', hay que ser coherentes y llegar al final de su lógica: esta 'venerable tradición' no solo excluye el sacerdocio de las mujeres, sino también el principio mismo del 'sacerdocio común'. Si se invoca la tradición de la Iglesia para admitir esto y excluir aquello, el resultado es una coartada terrible, que no oculta su inconsistencia.

"Para remediar esta falta de lógica, el Papa Francisco (...) revisó la reforma de Pablo VI y decidió que los ministerios de lector y acólito pueden en adelante ser confiados a las mujeres.

"Más allá de la conmoción mediática -y fugaz- que provocó esta decisión, lo que permanece es la lógica del Concilio Vaticano II, que se ha vuelto coherente consigo misma. Esta nueva disposición del derecho solo consagra el hecho ya bien establecido bajo los predecesores de Francisco, Juan Pablo II y Benedicto XVI.

Aquí, como en todas partes, la costumbre indica el verdadero espíritu de la ley, en este caso el espíritu de Vaticano II, que se aleja cada vez más de "la venerable tradición de la Iglesia". 

Lo que queda es una fragmentación del rito litúrgico entre diversos protagonistas de un rango esencialmente diferente, introduciendo una confusión cada vez más profunda respecto al lugar del sacerdote, y permitiendo que los más radicales sueñen con la posibilidad -prohibida por la ley divina- de ver un día el sacerdocio conferido a las mujeres.