El Parlamento Europeo equipara la gestación subrogada a la trata de personas

El 5 de octubre, las comisiones de derechos de la mujer y libertades civiles del Parlamento Europeo adoptaron una propuesta para modificar la directiva de 2011 sobre la trata de seres humanos. Por primera vez, los diputados incluyeron la gestación subrogada entre los delitos de explotación de la mujer.
El texto aún debe ser discutido por el Consejo y la Comisión antes de ser adoptado. ¿Cuál será el alcance de la inclusión de la gestación subrogada en la lista de delitos a nivel europeo?
La directiva en la que se menciona la gestación subrogada define la trata de personas como un "delito grave" que constituye una "violación de los derechos fundamentales". En efecto, se puede considerar que la gestación subrogada infringe estos derechos en diferentes aspectos:
– Los contratos de gestación subrogada ponen las funciones reproductivas de la mujer a disposición de otros. Ahora bien, estas cualidades se relacionan con su persona. Violan los principios de indisponibilidad del cuerpo humano y de no mercantilización, independientemente de la remuneración pretendida.
– La gestación subrogada perjudica el interés superior del niño. En efecto, la gestación subrogada organiza el abandono de un niño por parte de la mujer que lo llevó en su vientre y lo dio a luz y también permite a la pareja rechazar al niño si no cumple con sus expectativas (si padece una enfermedad o una discapacidad, por ejemplo).
En este caso, en sus disposiciones relativas a la gestación subrogada, el texto adoptado no menciona las cuestiones relativas al niño. Sin embargo, efectivamente se vulnera su derecho fundamental a ser protegido.
Por tanto, la gestación subrogada está incluida en la directiva sobre la trata de seres humanos. ¿Esta inclusión llevará a Europa a adoptar medidas efectivas para condenar tal práctica? Sobre este punto, la incertidumbre persiste.
Si bien los autores de la propuesta y otros eurodiputados que apoyaron el texto esperan que esta medida permita condenar todo tipo de gestación subrogada, tanto comerciales como no comerciales, los ponentes defienden una interpretación diferente.
En palabras de Malin Björk, ponente de la propuesta para la Comisión de las Libertades Civiles, "el texto no condena la gestación subrogada en general, pero la tipificará como delito en caso de trata".
Sin oponerse en principio a la gestación subrogada, los ponentes afirman que, en el texto aprobado, la gestación subrogada no se considera necesariamente una forma de trata de seres humanos, en la medida en que existen formas aceptables (conocidas como "éticas" o "altruistas") que no entrarían en el ámbito de aplicación de la directiva.
Por el momento, los estados miembros de la UE no se ponen de acuerdo sobre una condena clara de la maternidad subrogada. Recientemente, el Comité Asesor de Bioética de Bélgica emitió un dictamen en el que considera que la gestación subrogada es "éticamente aceptable".
A finales de 2022, la Comisión Europea aprobó una propuesta de reglamento que requeriría que los países miembros reconozcan automáticamente todos los aspectos de la filiación de los niños en situaciones transfronterizas. De ser aprobado, este texto podría obligar a un Estado que prohíba la gestación subrogada en su territorio a reconocer la filiación de un niño nacido mediante gestación subrogada en otro país de la Unión o incluso en otro lugar.
Si se aprueba la propuesta de modificación de la directiva que reconoce la gestación subrogada como delito de trata de seres humanos, ¿será la Unión Europea lo suficientemente coherente como para no imponer el reconocimiento de los documentos del registro civil de los niños nacidos por gestación subrogada en el extranjero?
Fuente: Institut européen de bioéthique – FSSPX.Actualités
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