El Vaticano condena una fórmula errónea del bautismo, pero con argumentos deficientes

Fuente: FSSPX Actualidad

La Santa Sede, por conducto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, recordó que el bautismo conferido con fórmulas modificadas de forma "deliberada", es inválido, ya que ningún ministro tiene "la autoridad para disponer según su voluntad de la fórmula sacramental".

Una de las tristes consecuencias de la revolución litúrgica que opera en la Iglesia desde hace más de medio siglo: en ocasiones, la fórmula del sacramento del bautismo se modifica, en nombre de un celo pastoral equivocado. Esto no es más que la consecuencia de una creatividad indiscriminada que altera la integridad de los sacramentos de la Iglesia.

El 6 de agosto de 2020 la Oficina de Prensa de la Santa Sede publicó una Nota Doctrinal (Responsum) de la Congregación para la Doctrina de la Fe intentando tomar el control de la situación: "Recientemente ha habido celebraciones del sacramento del Bautismo administrado con las palabras ‘en nombre del papá y de la mamá, del padrino y de la madrina, de los abuelos, de los familiares, de los amigos, en nombre de la comunidad, nosotros te bautizamos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo", precisó la Congregación.

Esta fórmula personalizada, explica la Congregación, invalida el bautismo y conlleva la obligación de repetir el sacramento en su forma absoluta, en estricto cumplimiento de los ritos litúrgicos aprobados por la Iglesia.

La decisión, aprobada por el Papa Francisco en una audiencia el 8 de junio pasado, constituiría un feliz desarrollo si no contuviera una paradoja y no estuviera basada en razones teológicas deficientes.

La paradoja: ¿por qué condenar el resultado de una preocupación pastoral fomentada en todas partes?

La Nota indica que la modificación de la fórmula sacramental es deliberada y fue introducida, supuestamente, "para subrayar el valor comunitario del Bautismo, para expresar la participación de la familia y de los presentes y para evitar la idea de la concentración de un poder sagrado en el sacerdote, en detrimento de los padres y de la comunidad, que la fórmula del Ritual Romano transmitiría".

¿Acaso los autores de esta modificación no están en sintonía con el espíritu del Concilio y sus reformas litúrgicas? ¿No son estas últimas las mismas que han insistido tanto en la importancia de la comunidad, hasta el punto de que ahora se celebran muchos bautismos durante la misa dominical? ¿La potestad sagrada del sacerdote no ha sido sistemáticamente relativizada o incluso negada desde hace cincuenta años? ¿No se le denuncia en nombre de un clericalismo utilizado como un espantapájaros, o se le ataca con todo tipo de demandas, como es el caso de Alemania con el Camino sinodal?

Ciertamente, los autores de estas modificaciones que socavan la validez del sacramento han ido demasiado lejos. Pero ellos no inventaron los principios que los guían. La Nota denuncia correctamente los "discutibles motivos de orden pastoral" que hacen resurgir "la antigua tentación de sustituir la fórmula tradicional con otros textos juzgados más idóneos".

Sería útil tratar con el mismo rigor a las innovaciones contenidas en el Novus Ordo Missae, y del que se hace eco la conclusión del Breve Examen Crítico de la Nueva Misa presentado el 5 de junio de 1969 por los cardenales Ottaviani y Bacci: "El abandono de una tradición litúrgica que ha sido durante cuatro siglos el signo y la prenda de la unidad del culto, su reemplazo por otra liturgia que no podrá ser sino causa de división por las incontables licencias que autoriza implícitamente, por las insinuaciones que favorece y por sus manifiestas agresiones a la pureza de la fe, parece que es, para hablar con términos moderados, un incalculable error".

Las extrañas explicaciones teológicas

Si bien la Nota de la Congregación para la Doctrina de la Fe evoca acertadamente la autoridad de Santo Tomás de Aquino y las decisiones del Concilio de Trento, yerra al emplear un lenguaje confuso muy alejado de la sencillez de los catecismos de antaño o de la claridad del magisterio tradicional.

De esta forma, el sacerdote es testigo de la alteración de su papel de ministro de Cristo para convertirse en "un signo-presencia" de Cristo que celebra como la cabeza del cuerpo que es la asamblea, la cual también actúa de modo ministerial (¿?): "el sujeto es la Iglesia-Cuerpo de Cristo junto a su Cabeza, que se manifiesta en la asamblea concreta reunida. Sin embargo, esta asamblea actúa ministerialmente -y no colegialmente- porque ningún grupo puede hacerse a sí mismo Iglesia, sino que se hace Iglesia en virtud de un llamado, que no puede surgir desde el interior de la asamblea misma.

El ministro es, por consiguiente, signo-presencia de Aquel que reúne y, al mismo tiempo, lugar de comunión de la asamblea litúrgica con toda la Iglesia". ¿Esto quiere decir que un sacerdote que bautiza fuera de una asamblea sigue siendo suficiente "signo-presencia"? ¿Actúa el sacerdote como ministro de Cristo, o es el ministro la asamblea en la que Cristo celebra mediante su ministro signo-presencia?

¿Y si volviéramos a la Tradición pura de la Iglesia, a sus enseñanzas sencillas y luminosas que han sido probadas desde hace 2000 años?