Indulgencias plenarias en tiempos del Coronavirus
El 20 de marzo de 2020, la Penitenciaría Apostólica emitió un decreto sobre la obtención de una indulgencia plenaria durante la pandemia de Covid-19 ("Coronavirus").
Alcance de la indulgencia
En su decreto, la Penitenciaría Apostólica otorga indulgencias plenarias "a los fieles que sufren la enfermedad de Covid-19, comúnmente conocida como Coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, en cualquier calidad, los cuidan".
El objetivo de la indulgencia es abordar una pandemia global que ha causado "nuevas incertidumbres y, sobre todo, un sufrimiento físico y moral generalizado".
Condiciones para la indulgencia
El decreto de indulgencia de la Penitenciaría se aplica a los pacientes enfermos de Coronavirus puestos en cuarentena por las autoridades sanitarias en los hospitales y en sus hogares si, "con espíritu desprendido de cualquier pecado, se unen espiritualmente a través de los medios de comunicación a la celebración de la Santa Misa, al rezo del Santo Rosario, a la práctica piadosa del Vía Crucis u otras formas de devoción".
Los fieles también pueden obtener la indulgencia plenaria si al menos "rezan el Credo, el Padrenuestro y una piadosa invocación a la Santísima Virgen María, ofreciendo esta prueba con espíritu de fe en Dios y de caridad hacia sus hermanos y hermanas, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y **oración por las intenciones del Santo Padre1 **), apenas les sea posible".
Esta indulgencia también se otorga a los trabajadores de la salud, miembros de la familia y todos aquellos que "se exponen al riesgo de contagio, [y] cuidan de los enfermos de Coronavirus" cumpliendo con las mismas condiciones indicadas anteriormente.
Además, la Penitenciaría Apostólica, concede, en las mismas condiciones, la indulgencia plenaria con ocasión de la actual epidemia mundial, también a aquellos fieles que "ofrezcan la visita al Santísimo Sacramento, o la Adoración Eucarística, o la lectura de la Sagrada Escritura durante al menos media hora, o el rezo del Santo Rosario, o el ejercicio piadoso del Vía Crucis, para implorar a Dios Todopoderoso el fin de la epidemia, el alivio de los afligidos y la salvación eterna de los que el Señor ha llamado a sí".
Un recordatorio sobre las indulgencias
Una indulgencia es una remisión total o parcial del castigo temporal que el hombre tendrá que sufrir en esta o en la próxima vida, después de que sus pecados hayan sido remitidos. La indulgencia plenaria, en particular, es la remisión total.
El Concilio de Trento declara expresamente que la Iglesia tiene el poder de otorgar indulgencias (Ses. 25), y respalda esta declaración con las palabras de Cristo. Porque Cristo instruyó: "Todo lo que atares sobre la tierra, atado quedará también en los cielos". Y también prometió: "En verdad, os digo, todo lo que atareis sobre la tierra, será atado en el cielo, y todo lo que desatareis sobre la tierra, será desatado en el cielo" (Mt. 18:18). Incluso un apóstol concedió una indulgencia. En la persona y por el poder de Cristo, San Pablo perdonó al incestuoso corintio, a quien había impuesto un fuerte castigo para que su espíritu pudiera ser salvado por Nuestro Señor Jesucristo (2 Cor. 2:10; 1 Cor. 5: 4-5).
Los fieles deben recordar que una indulgencia no es una concesión o licencia para pecar, como afirman falsamente los enemigos de la Iglesia. Una indulgencia no garantiza el perdón de los pecados pasados o futuros, y mucho menos contiene el permiso para cometer nuevos pecados. Ningún católico puede creer que, al obtener indulgencias, es liberado de la obligación de hacer penitencia u otras buenas obras, ni de la lucha contra sus malas inclinaciones, pasiones y hábitos. Las indulgencias solo otorgan una remisión parcial o total del castigo temporal, y nos recuerdan nuestra debilidad y tibieza, que son inmensas en comparación con el celo y el fervor de los primeros cristianos.
Finalmente, recordamos a los fieles que hay que agradecer a Dios continuamente, y que Él le dio a la Iglesia un medio en el inagotable tesoro de los méritos de Cristo y de sus santos para ayudarlos en su debilidad.
NOTA**: Esas intenciones son las siguientes. Están preestablecidas por la Iglesia, y no se refieren a las intenciones personales del Pontífice:
1. Exaltación de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana.
2. Extirpación de las herejías.
3. Propagación de la Fe.
4. Conversión de los pecadores.
5. Paz y concordia entre los príncipes cristianos.
6. Los demás bienes del pueblo cristiano.
- 1Esas intenciones están preestablecidas por la Iglesia, no se refieren a las intenciones personales del Pontífice): 1.Exaltación de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana 2.Extirpación de las herejías 3.Propagación de la Fe 4.Conversión de los pecadores 5.Paz y concordia entre los príncipes cristianos 6.Los demás bienes del pueblo cristiano.