“Opus Dei”: una autonomía sumamente controlada

Fernando Ocariz, prelado del Opus Dei
Por decisión del romano pontífice del 8 de agosto de 2023, las prelaturas personales son ahora similares a las asociaciones clericales públicas de derecho pontificio. Este decreto aclara la autonomía restringida concedida al Opus Dei en el marco de la reforma ejecutada por la Santa Sede.
A través del portal de información digital de la Santa Sede, alrededor de 90,000 laicos y 2,000 sacerdotes miembros del Opus Dei fueron informados, el 8 de agosto, sobre la modificación canónica que afecta a su instituto.
Una evolución que no es una revolución en sí misma, porque forma parte de otro decreto – Ad charisma tuendam, promulgado en julio de 2022, uno de cuyos efectos es transferir la supervisión de las prelaturas personales del Dicasterio para los Obispos al Dicasterio para el Clero: el objetivo de esto es hacer hincapié en la idea de que una prelatura es ante todo un grupo de clérigos, y así delimitar más estrictamente la autoridad del prelado general que está a su cabeza.
Cabe señalar que, por prelatura personal, nos referimos a un tipo particular de circunscripción eclesiástica que surgió a raíz del Concilio Vaticano II, supuestamente para permitir la realización de tareas pastorales particulares que "trascienden" las fronteras de una sola diócesis. Además, la prelatura personal tiene la particularidad de que no se circunscribe a un territorio como las diócesis.
El decreto del 8 de agosto enfatiza una particular insistencia en un punto preciso que no es en sí mismo una novedad: si el clérigo miembro de una prelatura personal está puesto bajo la jurisdicción de su prelado, los laicos que colaboran en el apostolado del instituto quedan, por su parte, siempre sujetos a la autoridad del obispo diocesano en cuyo territorio residen.
Hablando en términos técnicos, esto lo que significa la referencia al canon 107, ahora incluido en el texto del canon 296. En el contexto actual, muchos comentaristas ven, a través de estas nuevas disposiciones romanas, una disminución de la autonomía legal del Opus Dei: "El Papa suprime los privilegios del Opus Dei", se puede leer en el diario español El País.
En efecto, se trata sobre todo de una aclaración hecha para evitar una interpretación demasiado amplia de la ley, como pudo haber ocurrido en el pasado, es decir, considerar al prelado como un "super-obispo" que ejerce indistintamente, del mismo modo y sin control local, su jurisdicción sobre todos los miembros de la prelatura, sean clérigos o laicos.
Otro signo inequívoco: el decreto de julio de 2022 estipula que el prelado general del Opus Dei, ya no investido del episcopado, no puede portar sus insignias: solo se le otorga el grado de "protonotario apostólico", con el título de "Reverendo Monseñor".
Tras esta intervención papal, el 11 de agosto, Monseñor Fernando Ocariz -sacerdote actualmente al frente del Opus Dei- publicó un comunicado en el que declaraba acoger "con sincera obediencia filial las disposiciones del Santo Padre" y pide "a los miembros de la prelatura permanecer unidos en esta actitud".
Más allá de este deseo de apaciguamiento, es difícil imaginar que una clarificación romana similar se produjera bajo el pontificado del Papa Juan Pablo II: la historia recuerda que este último colocó al Opus Dei en el núcleo mismo del aparato del Vaticano, otorgándole efectivamente una autonomía sin precedentes.
Pero desde entonces las aguas han corrido bajo los puentes, y los herederos de Monseñor Escrivá de Balaguer -el fundador de la Obra elevada a los altares por el Papa polaco- constatan amargamente que la roca Tarpeya sigue estando tan cerca del Capitolio como en la época de los antiguos romanos.
Fuentes: Bulletin de presse du Saint-Siège/Vatican News/El Pais/Crux – FSSPX.Actualités
Imagen: Pontificia Università della Santa Croce, CC0, via Wikimedia Commons