Patriarcados y patriarcas (2)

Fuente: FSSPX Actualidad

Palazzo dei Convertendi, sede del Dicasterio para las Iglesias Orientales

El primer artículo presentó la noción de patriarca y patriarcado, explicó el origen histórico de esta entidad y su evolución a lo largo de la historia de la Iglesia. Finalmente indicó el número y distribución de los patriarcados católicos. Ahora veremos cuáles son los derechos y deberes de los patriarcas.

Una vez elegido y entronizado, y habiendo recibido la comunión eclesiástica, el Patriarca goza de todos los derechos relativos a su cargo. Es el representante de la Iglesia Patriarcal en todos los asuntos legales.

En cuanto a los metropolitanos –equivalentes a los arzobispos–, el Patriarca debe sustituirlos en caso de que la sede quede vacante, y asegurar determinadas funciones que debe ejercer. Y frente a los obispos, le corresponde transmitir las actas del Romano Pontífice a quienes están bajo su jurisdicción.

En su Iglesia puede dictar decretos para precisar las leyes; también puede dar instrucciones a los fieles; puede dar cartas encíclicas sobre cuestiones relativas a la Iglesia misma y al rito. Pero para asuntos importantes debe recurrir al consejo del Sínodo de los Obispos de la Iglesia Patriarcal.

El Patriarca tiene el deber de visitar periódicamente las eparquías (obispados), o incluso hacer una visita extraordinaria, con el consentimiento del Sínodo permanente.

Después de consultar a la Sede Apostólica y con el consentimiento del Sínodo, puede erigir provincias y eparquías, delimitarlas de otro modo, unirlas, dividirlas, suprimirlas, así como modificar su grado jerárquico y trasladar la sede eparquial: todas las disposiciones que están reservadas al Papa en la Iglesia latina.

El Patriarca otorga al metropolitano o al obispo la disposición canónica –o reconocimiento– y ordena personalmente a los metropolitanos y, en algunos patriarcados, también a los obispos. También entroniza a los metropolitanos, y juzga las disputas que surgen entre los obispos.

Los obispos deben manifestar honor y deferencia, así como obediencia a su Patriarca. Así, todos los obispos y demás clérigos deben conmemorar al Patriarca después del Romano Pontífice en la Divina Liturgia y en las alabanzas divinas según las prescripciones de los libros litúrgicos.

El Patriarca debe demostrar su comunión con el Romano Pontífice, presentarle un informe sobre el estado de la Iglesia patriarcal de la que está al frente y realizar visitas ad limina apostolorum, pero que no tienen la misma frecuencia que las de los obispos latinos.

El Patriarca está obligado a residir en la sede patriarcal, de la que sólo podrá ausentarse por razones canónicas. Debe garantizar que los obispos cumplan fielmente con sus deberes. También debe velar cuidadosamente por la correcta administración de todos los bienes eclesiásticos.

Finalmente, corresponde al Patriarca convocar el Sínodo de los Obispos de la Iglesia Patriarcal y presidirlo.

En resumen, el Patriarca tiene una autoridad muy importante sobre su Iglesia, y desempeña una serie de funciones que caen bajo la prerrogativa del Papa en la Iglesia latina, pero solo puede tomar decisiones de cierta importancia con el acuerdo del Romano Pontífice. 

Después de habernos familiarizado un poco con la noción de patriarca, descubriremos los siete patriarcados católicos.

Continuará...