El Vaticano reforma su sistema judicial

Fuente: FSSPX Actualidad

El Tribunal de la Santa Sede

Mediante un nuevo motu proprio hecho público el 19 de abril de 2024, el Soberano Pontífice modificó varias leyes que regulan el sistema judicial de la Santa Sede, armonizándolo con el vecino sistema italiano, extrayendo así las lecciones aprendidas de las numerosas cuestiones que surgieron tras el “juicio del siglo”, cuya onda expansiva sigue haciendo vibrar las paredes del recinto leonino.

Sesenta y nueve. Este es –desde la última, firmada el 27 de marzo de 2024 y hecha pública por la Sala de Prensa de la Santa Sede el 19 de abril siguiente– el número de cartas apostólicas en forma de motu proprio promulgadas bajo el actual pontificado. Una forma de decir a quienes se preparan detrás de escena para la era post-Francisco que el pontífice argentino sostiene el timón del barco de Pedro con más firmeza que nunca...

Dicho motu proprio modifica a lo largo de seis artículos las normas judiciales del Estado Pontificio: mantenimiento de la actividad de los magistrados ordinarios hasta la edad de 75 años, 80 años para los cardenales-jueces, con la posibilidad de que el soberano pontífice prorrogue el mandato de un magistrado sobre una base de caso por caso; se especifican las condiciones de remuneración, indemnizaciones por despido y pensiones.

Otras medidas provocaron una mayor reacción de los juristas transalpinos, como las relativas a la responsabilidad civil de los magistrados, así como la facultad otorgada al Papa de intervenir en el curso de un juicio nombrando un vicepresidente o cesando el servicio de un magistrado que “por incapacidad comprobada”, ya no podría ejercer sus funciones.

A partir de ahora, aquellas personas juzgadas que crean haber sufrido un daño podrán iniciar acciones judiciales contra el Estado de la Ciudad del Vaticano, que a su vez podrá volverse contra el magistrado si se demuestra que este último causó un daño.

Una manera de alinear el sistema del micro-Estado con lo que sucede en Italia, donde la responsabilidad del magistrado es indirecta, de modo que un ciudadano no puede llevar ante un tribunal a un juez que le ha agraviado durante un proceso. Una medida que supuestamente garantizará la libertad, independencia y protección de los magistrados frente a posibles presiones externas.

Para motivar esta evolución, Francisco evocó los “años de experiencia que nos han hecho sentir la necesidad de una serie de cambios”. Es difícil no ver en esto una réplica del terremoto provocado por el juicio del siglo finalizado provisionalmente en diciembre de 2023. Provisionalmente, porque con excepción de la Secretaría de Estado y la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (Apsa), todos los demás actores, imputados y partes civiles, apelaron la decisión de los jueces.

Y si en el futuro, en función de las conclusiones del futuro proceso de apelación, algunos condenados en primera instancia se sintieran tentados a iniciar un procedimiento contra un magistrado –en particular, el promotor de justicia, Alessandro Diddi, cuyos métodos han sido a veces cuestionados por la defensa– el motu proprio cambia la situación y llega en el momento adecuado para proteger a los jueces.  

Varios juristas italianos señalan que el huésped de Santa Marta reescribió las reglas cuatro veces durante la fase de investigación: para algunos, una forma de llenar un vacío normativo, para otras voces más críticas se trata de una manera de que el pontífice romano mantenga el control sobre la celebración de "un juicio".

Por no hablar del hecho de que el Tribunal del Vaticano – que ha sido escenario de varias reformas en los últimos años – sigue estando compuesto principalmente por abogados y fiscales que han ejercido o ejercen cargos en Italia y que, por lo tanto, no siempre tienen un conocimiento perfecto de los hábitos y costumbres de la Santa Sede, ni del derecho de la Iglesia.

En una contribución escrita tras la sentencia, uno de los abogados de los acusados ​​en el juicio del siglo, Me Cataldo Intrieri, denunció las "contradicciones" del sistema jurídico vaticano y los "poderes exorbitantes" concedidos a los fiscales que, según él, dieron lugar a un procedimiento judicial “muy alejado de los criterios adoptados en un Estado de derecho”.

Una crítica que el nuevo motu proprio tal vez intenta apaciguar, aunque no es realista exigir al papado, que sigue siendo esencialmente monárquico, una separación absoluta de poderes: el espíritu de las leyes de la Santa Sede no es necesariamente el de Montesquieu. Así como no se puede confundir la luz de la fe con la fe en la Ilustración.