Francia: inclusión del aborto en la Constitución

Fuente: FSSPX Actualidad

En el proceso lanzado en Francia para incluir el aborto en la Constitución, el proyecto de ley, tras ser aprobado el 30 de enero por la Asamblea Nacional por 493 votos contra 30, pasó luego ante el Senado el 28 de febrero, donde fue aprobado por 267 votos contra 50.

Durante los debates, la resistencia anunciada fue bajando progresivamente su bandera. Así, quedaron descartadas las diversas enmiendas destinadas a intentar reducir el alcance del texto. Una de ellas tenía como objetivo suprimir el término "garantía", para no poner en peligro el equilibrio entre los derechos del niño por nacer y la libertad de la mujer de interrumpir su embarazo", subrayó su defensor.

Otra intentó defender la cláusula de conciencia de los médicos. “Al igual que quienes algún día podrían cuestionar el derecho al aborto, otros también podrían cuestionar el derecho de conciencia de los profesionales de la salud”, señaló. Pero este intento fue rechazado enérgicamente.

Unos pocos oponentes decididos

Únicamente Stéphane Ravier se pronunció con firmeza contra el proyecto de ley. "Constitución" significa construir, edificar, no puede incluir el aborto”, subrayó. "Al aprobar este texto, se abre el camino al aborto basado en criterios eugenésicos, al aborto posible hasta el final del embarazo", advirtió. Estos riesgos se corren "mientras ningún partido político cuestione el aborto".

Y concluyó: “Por mi parte, votaré en contra del derecho al aborto en la Constitución”. Cincuenta senadores rechazarán este proyecto de ley ideológico que “sacraliza el aborto en la ley fundamental”. La reunión del Parlamento en el Congreso está prevista para el 4 de marzo, para la votación final.

El aborto no es ni una libertad ni un derecho

Grégor Puppinck, doctor en Derecho y director del Centro Europeo para el Derecho y la Justicia (ECLJ), explicó en un artículo publicado en Valeurs actuelles, y retomado por el sitio Génèthique, sobre el proyecto de ley constitucional destinado a garantizar “la libertad de la mujer de recurrir al aborto", que el aborto no es ni una libertad ni un derecho.

El jurista, que utiliza las nociones habituales del derecho francés, afirma en primer lugar que “el aborto no tiene cabida en una Constitución”. Luego señala que “hablar de 'libertad garantizada' es redundante”: la frase “no añade nada a lo que ya existe, es decir, que la ley organiza el acceso al aborto”. La única novedad, señala, "consiste en incluir en la Constitución que el aborto es una 'libertad'".

Puppinck recuerda que “la libertad es una facultad natural de la persona que el Estado se compromete a respetar, porque considera que esta facultad es buena”. Y “lo que se le pide al Estado es que no obstaculice el ejercicio de esta libertad, siempre y cuando esto no perjudique a otros”.

Pero el derecho "es una cosa, un 'bien' que podemos exigir a los demás y, en última instancia, al Estado en nombre de la justicia". Esto “presupone una relación con un tercero, y consiste en una obligación de uno hacia el otro”. Y concluye que “nadie tiene derecho a abortar contra un tercero”.

A nivel colectivo “la garantía de un derecho responde a una necesidad fundamental de la persona que no puede satisfacer enteramente por sí sola y que, por tanto, requiere la intervención de la sociedad”. La garantía “de los derechos surge de la razón de existencia del Estado”. En esto, “un derecho se opone a una libertad, porque requiere la acción de un tercero, y en última instancia del Estado”, concluye el jurista.

Decir que “el aborto es una 'libertad', como propone el Gobierno, es, por tanto, absurdo, porque el aborto no es una facultad natural de la persona”. El aborto “podría entrar en la categoría de ‘derecho’ si se considerara que poder abortar es un requisito de la justicia”.

Esto supondría “o que el aborto 'corrige' una injusticia entre dos personas, lo que obviamente no es así, o que la sociedad considera que el aborto es una 'necesidad fundamental', al igual que la educación o la salud. Es en este ámbito donde se sitúa la izquierda”. Pero esto supone que el aborto es un bien, al igual que la salud o la seguridad.

El aborto es un mal

Puppinck llega a la siguiente conclusión: “el aborto es un 'mal' (…) y como tal, no puede ser ni una libertad ni un derecho. Por tanto, en la ley Veil [que despenalizó el aborto en 1975, NDLR], el aborto solo se tolera en determinadas circunstancias, como un 'mal menor'".

De este modo, el autor responde al legislador con su propia ley. "El 'mal menor' siempre se expresa en la ley como una excepción a un principio, en este caso el respeto a la vida y a la dignidad humana, pero nunca como un derecho o una libertad en sí mismo".

Por tanto, según la propia concepción de justicia, “un mal, aunque se considere necesario, no puede ser un derecho o una libertad, sino solo una excepción”. El Gobierno quiere trazar un círculo cuadrado, lo que explica la intrincada y abstrusa redacción del proyecto de ley.

Conclusión

Esta explicación jurídica tiene el mérito de señalar lo absurdo del proyecto de ley constitucional, según las categorías mismas de la justicia y el derecho. El hecho es que esta inclusión del aborto en la Constitución empuja a Francia un poco más hacia su rechazo de Dios y su dominio soberano, y abre posibilidades para cosas aún más terribles.

En particular las enumeradas por Ravier: eugenesia y aborto hasta el nacimiento. Así como una amenaza latente a la objeción de conciencia de los médicos. Pero esto no debería sorprendernos: tal transgresión del orden natural, deseada, afirmada y defendida como un derecho, solo puede conducir siempre a lo peor.

Recordemos que, según la definición de la filosofía y de la teología, la libertad es, según la feliz fórmula del Papa León XIII, la "facultad de obrar en el bien", es una propiedad de nuestra voluntad. Ahora bien, es imposible, de cualquier forma que se considere, que el aborto sea considerado un bien: es un mal, y un mal terrible.

Elegirlo es alejarse deliberadamente de Dios y del propósito mismo de la naturaleza humana. Y los síntomas, reconocidos por la comunidad médica, del síndrome postaborto son una demostración sorprendente de ello.

En cuanto a la ley, también según la filosofía de Santo Tomás, es el objeto de la justicia, determinado por la ley. Pero una ley no puede promover un mal, es intrínsecamente contrario a su naturaleza. Una ley así, en palabras del propio Doctor Común, “no es una ley”. Es una tiranía que los parlamentarios franceses se están preparando para consagrar en la Constitución del país.