El camino sinodal hacia una Iglesia nacional alemana (10): 1° documento de trabajo

Fuente: FSSPX Actualidad

La Conferencia Episcopal de Alemania (DBK) y el Comité Central de Católicos Alemanes (ZdK) comenzaron un "camino sinodal" el domingo 1 de diciembre de 2019. Después de hablar sobre el proceso de formación y la presentación de las intervenciones romanas, el descubrimiento de los Estatutos Sinodales confirmó la intención revolucionaria que anima a la DBK apoyada por el ZdK. Quedan por presentar los documentos de trabajo que revelan el alcance total de esta intención.

Las reuniones de la Asamblea Sinodal, que concretamente llevará a cabo el camino sinodal, harán uso de un instrumentum laboris, que reúne varios documentos de trabajo. Estos textos, que deberían servir como base para las discusiones, han sido elaborados en Foros reunidos para este propósito.

Los Foros preparatorios

Estos Foros se organizaron desde mayo de 2019 y su composición estaba dividida entre la DBK y el ZdK. Estaban conformados por 10 o 20 miembros, incluidos de 3 a 4 obispos. La presidencia de cada uno de los Foros fue confiada a un obispo, pero los votos de los miembros eran estrictamente igualitarios.

Cada uno de estos cuatro Foros: "Poder, participación y separación de poderes", "Moral sexual", "Forma de vida sacerdotal" y "Mujeres en los servicios y cargos de la Iglesia", produjo un documento de trabajo con miras al camino sinodal. Todo el espíritu de este evento está resumido en estos documentos. Su estudio es necesario para comprender lo que se está preparando, que muy probablemente formalizará lo que en ellos se contiene/lo que ya existe.

El impulsor del movimiento

Uno de los dos opositores declarados del camino sinodal entre los obispos alemanes, Monseñor Rudolf Voderholzer, obispo de Ratisbona, aprovechó su sermón tradicional de fin de año para retomar el tema del camino sinodal y criticarlo enérgicamente. Entre otras cosas, lanzó esta firme expresión: "La indignación ante los abusos es el fuego en el que se cocinará la sopa del Camino Sinodal".

Si bien es una pena que este obispo se presente como un opositor resuelto de la Tradición, protestando regularmente contra las ordenaciones sacerdotales celebradas en el seminario de la Fraternidad San Pío X en Zaitzkofen, en su diócesis, su expresión describe muy bien el trasfondo de los cuatro documentos de trabajo elaborados por los Foros preparatorios del camino sinodal.

La mención de los abusos es un tema que ocupa constantemente la pluma de los redactores: casi 40 veces en el conjunto de todos los documentos y alrededor de treinta veces en el primero. Por abuso, se refieren a los pecados cometidos contra menores por miembros del clero alemán, pero también, en un contexto más general, al abuso de poder por parte del clero.

El documento del primer Foro: Poder, participación y separación de poderes

Este texto de 17 páginas es, sin duda, el más importante, tanto en términos de longitud como de contenido. Aunque el documento del segundo Foro es extremadamente pernicioso ya que se refiere a las costumbres o la acción de la Iglesia, el primero es más radical porque ataca el ser mismo de la Iglesia, su constitución divina. Si la Iglesia está desfigurada en su esencia, entonces todo está permitido, incluida la disolución de su moral.

Se retoma el análisis del informe MHG

Sin matices ni reservas, el texto acepta todas las conclusiones del informe MHG (leer nuestro artículo). Las consideraciones de los "expertos" independientes, incluidos muchos académicos que ignoraban la naturaleza de la Iglesia, su tradición y su teología, se ratifican y se retoman en un discurso que busca justificarlas y promoverlas a través de una teología ultramodernista.

Los expertos nombrados por los obispos alemanes consideraron que el problema de la Iglesia era estructural y que hacía falta modificar su funcionamiento. El documento de trabajo afirma: "El informe MHG demostró que (...) el abuso del poder sagrado, el encubrimiento de acciones y la protección de los perpetradores de actos de violencia tienen causas sistémicas". Incluso sostiene que "el encubrimiento de estos crímenes" fue sistemático.

El informe MHG atacó específicamente el poder del orden: "La transformación de las estructuras clericales de poder requiere una reflexión fundamental sobre el ministerio sagrado del sacerdote y la manera en que este último ve su papel. (...) El problema fundamental es el del poder clerical". En consecuencia, este poder es el objetivo principal del documento.

Una crítica violenta del poder sagrado

El poder sagrado es atacado desde varios ángulos. El texto se dirige al "ministerio ordenado como 'poder sagrado' (sacra potestas), integrado en una jerarquía en la que los fieles son considerados unilateralmente como dependientes de los sacerdotes". Este poder sacralizado se ha convertido en absoluto; este es el gran peligro: "El hecho de haber encubierto los ataques de violencia sexual cometidos por el clero está vinculado a una forma de sacralización del poder eclesiástico que se absolutiza en muchos aspectos".

Se absolutiza en el sentido en que elude todo control: "Existe abuso de poder cuando el ministerio se presenta como un servicio, pero se ejerce bajo la forma de una dominación espiritual (sacra potestas) que se convierte en absoluta. Cuando deja de practicarse espiritualmente, en realidad se vuelve autoinmune a las críticas y al control". De ahí la afirmación brutal: "la autoridad sacramental inherente al sacerdocio ministerial no establece ninguna superioridad social, ningún privilegio de clase, ni reserva de poder".

El poder sacerdotal es rechazado como un aspecto no tradicional, como si se tratara de una invención reciente: "De ninguna manera es la expresión de una tradición centenaria y probada, sino que, en gran medida, es una invención reciente después de la Era de la Ilustración. La concentración de los poderes sacramentales, legislativos, ejecutivos, administrativos y legales fue solo un desarrollo del siglo XIX".

El documento afirma que solo "a partir del siglo XIX, la Iglesia católica se organizó según el modelo de una monarquía" (sic). La concepción del poder del orden como exclusivamente vinculado al clero que constituye un privilegio también sería la consecuencia de "una mala interpretación de los Evangelios" (sic). De hecho, todos los discípulos de Jesús compartieron la misma misión: "Jesús no quería forjar una élite que se distinguiera de las demás por su vocación, su misión o su poder". Y finalmente, la cereza del pastel: "La idea de un estado clerical no desempeña ningún papel en el Nuevo Testamento".

La consecuencia: debemos reestructurar la Iglesia

Por lo tanto, es necesario remodelar el poder en la Iglesia, "concebir la Iglesia de manera diferente". Para hacer esto, debemos recurrir a nuestro tiempo: "La crisis (...) es el resultado de las tensiones entre la doctrina y la práctica de la Iglesia, pero también entre la forma en que se ejerce el poder en la Iglesia y las normas de una sociedad en un Estado de derecho democrático, en el que muchos católicos esperan ser tomados en cuenta en su Iglesia".

Además, el documento continúa, "estos requisitos normativos, que prevalecen en los Estados constitucionales democráticos modernos, corresponden originalmente a los valores cristianos". En primer lugar, esto se refiere a "los procedimientos para la separación de poderes que han demostrado su valía en las democracias modernas para controlar el poder".

Aplicaciones prácticas

A fin de justificar su perspectiva revolucionaria, los miembros del Foro establecieron los principios de la renovación de la Iglesia por la que abogan.

El criterio de la evangelización

El criterio supremo es el de la evangelización: "La evangelización es el punto culminante de nuestro proceso de renovación". Sin embargo, debido a su carácter tan general, este criterio requiere una orientación hacia una dirección determinada... Su aplicación revela de qué se trata: "Las estructuras y el equilibrio de poder en la Iglesia deben ser examinados y corregidos en base al Evangelio. Queremos entender y ejercer el poder y la separación de poderes en la Iglesia para redescubrir y difundir el Evangelio". El órgano de esta evangelización no es otro que el "Pueblo de Dios", una expresión que aparece 18 veces en el documento.

"Todos los que siguen a Jesús comparten la misión y la capacidad de anunciar el Evangelio", se afirma en el Preámbulo. Lo anterior no se pone en tela de juicio, pero los principios que siguen a continuación, extraídos del Concilio Vaticano II, están mortalmente distorsionados y son erróneos. El documento tiene el mérito de desplegar ante nuestros ojos las implacables consecuencias lógicas extraídas de principios falsos.

Las raíces de la misión del Pueblo de Dios

La primera raíz es la igualdad radical entre los miembros del Pueblo de Dios: "el fundamento teológico de una renovación que regula el poder y la separación de poderes a fin de garantizar la participación y la contribución de todos en la misión de la Iglesia consiste en la igualdad fundamental de todos los miembros de la Iglesia, sellada sacramentalmente en el bautismo y la confirmación y expresada ​​en el sacerdocio común de todos los creyentes".

La segunda raíz con respecto a la capacidad de evangelización se relaciona con el "sacerdocio común": "La participación de todos los creyentes, por el bautismo y confirmación, en el triple ministerio de Cristo Rey, Sacerdote y Profeta (Lumen Gentium, 31) es fundamental para la comprensión, diferenciación y división de poderes".

La tercera raíz es el "sentido de la fe (sensus fidei fidelium) del Pueblo de Dios [que] proporciona una cualidad teológica fundamental". Este sensus fidei, según el juicio de los redactores, permite que los laicos participen en el triple poder de Cristo mediante la expresión del voto: "el derecho al voto no solo es delegado por los clérigos a los "laicos", sino que les es propio; no debe ser sancionado por el poder enseñante".

Finalmente, con respecto al objeto, no debemos creer que las cosas no pueden evolucionar, porque "la tradición viva no es fija, sino que continúa escribiéndose en la era en que vivimos". Queremos retomar los impulsos del Concilio Vaticano II. (...) Confiamos en el instinto del Pueblo de Dios para encontrar el camino de la fe en la libertad".

Es necesario rediseñar completamente el poder en la Iglesia

La palabra clave de la reforma propuesta es la separación y el control del poder: "Hoy, es importante compartir, justificar y controlar el poder, así como promover y hacer obligatoria la participación". Para esto, "se deben introducir procedimientos efectivos en una clara separación de poderes para todas las formas del ejercicio de poder por parte de la Iglesia. (...) Esto significa en particular que la dirección de la Iglesia, la legislación y la jurisdicción no son competencia exclusiva del obispo. (...) Todo el Pueblo de Dios debe participar en la legislación".

Por lo tanto, es necesario establecer, durante el camino sinodal "un marco en el que los derechos y deberes de los fieles, ya sean laicos u ordenados, puedan ejercerse durante las consultas y decisiones de la Iglesia católica, desde el nombramiento de obispos y pastores hasta la responsabilidad de los titulares de cargos, pasando por el control y la toma de decisiones en asuntos de estrategia financiera, personal y pastoral".

Esto implica que "para todos los cargos de dirección, los procesos de selección deben introducirse en forma de elecciones y deliberaciones con la participación de todo el Pueblo de Dios, adecuadamente representado por los elegidos. Todos los líderes deben ser controlados y rendir cuentas, tanto ante los organismos elegidos democráticamente como ante un poder judicial independiente".

En cuanto al poder del orden, "la cuestión de las condiciones de admisión a los ministerios y cargos eclesiásticos se examinará de acuerdo con el criterio de la justicia de género1 , basándose en la teología del bautismo, para que la Iglesia pueda cumplir mejor su tarea de proclamar el Evangelio". En este contexto, "el acceso a los ministerios eclesiales también debe aclararse, incluido el acceso al ministerio ordenado. En el camino sinodal, el acceso de sacerdotes casados y de mujeres a estos ministerios, incluido el ministerio ordenado, debe debatirse abiertamente".

La Iglesia en Alemania ya está en cisma

El primer documento preparatorio del camino sinodal manifiesta una mentalidad ya establecida en el cisma, incluso en la herejía. Aquí es a donde ha conducido la revolución eclesiológica, cuyas semillas se sembraron en los textos del Concilio Vaticano II, en particular en la constitución sobre la Iglesia, Lumen gentium.

Las afirmaciones contenidas en el documento según las cuales la eclesiología clásica fue una invención del siglo XIX son absurdas e impías. La afirmación constante de un triple poder -sacramental, jurisdiccional y magistral- reservado para el clero, desde la tonsura hasta el episcopado, que posee la plenitud del poder del orden, es un elemento definido de fe que no fue inventado ayer.

Además, si bien el bautismo confiere a todos el título de miembros de la Iglesia, siempre que se confiera en la fe católica y en sumisión a la jerarquía, existe, sin embargo, en cuanto al poder y su ejercicio, una jerarquía. La existencia y los grados de esta jerarquía son parte del depósito de la fe.

El sacerdocio "común" de los fieles difiere esencialmente del sacerdocio conferido por la santa ordenación; solo puede ejercerse pasivamente, es decir, bajo la dirección y sumisión al sacerdocio conferido por el sacramento del orden. Desde este punto de vista, no hay igualdad. Esta también es una enseñanza de la fe católica.

En cuanto al sensus fidei, contrario a lo que se afirma en el documento preparatorio, y contrario a lo que el Papa Francisco enseña en Evangelii gaudium (n° 119), no es un medio para descubrir nuevas verdades, ni siquiera un tipo de intuición destinada a ser formulada luego por la teología. Este sensus fidei depende esencialmente de la enseñanza del Magisterio, sin omitir la unción del Espíritu Santo. De lo contrario, sería caer en la concepción de una Iglesia que se ha convertido en una especie de comunidad carismática y participa en el desarrollo del dogma en pie de igualdad con la jerarquía divinamente instituida (cf. Padre Jean-Michel Gleize, "Le sens de la foi, principe et fondement d’une Eglise synodale ?" en Le Courier de Rome, octubre de 2015).

El Papa Pío VI condenó, en su Breve Super Soliditate Petrae contra el febronianismo (1786), la siguiente proposición: "Cristo ha querido que la Iglesia sea administrada a la manera de una república". Efectivamente, los poderes en la Iglesia están normalmente unidos, por la voluntad de su Fundador divino, en la persona del obispo, y especialmente en la del Papa, así como, de manera subordinada, en el sacerdote. Por lo tanto, habitualmente, no se pueden separar.

Finalmente, se define por la fe divina que el sacerdocio solo se puede conferir a los hombres, excluyendo a las mujeres.

Lo único que queda por preguntarse es: ¿en cuántos anatemas puede caer este texto?...

Para los lectores que hablan alemán, encontrarán a continuación el enlace para descargar el texto completo de este documento.

  • 1 La justicia de género se refiere a la ausencia de discriminación en el ejercicio de los derechos positivos de las personas. Depende de la ideología de género.

Le cardinal Reinhard Marx à Francfort en 2020